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mayo  16, 2024

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El nuevo régimen de sanciones de la AFIP R.G. 3.589/2014 

Por Marcela M. Fernández


“La Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante RG 3589 modificó el criterio respecto a la sanción de clausura para empleadores que no cumplan con las registraciones laborales e impositivas correspondientes de sus dependientes. Mediante esta Resolución, emitida el 12 de febrero de 2014 y publicada en el Boletín Oficial, el 17 de febrero de 2014; se modifican las sanciones de multa y clausura impuestas a aquellos infractores que no ingresen a los sistemas respectivos los aportes retenidos a sus empleados, entre otros. (…) Es decir, que se intenta tutelar el sistema de seguridad social a través de las sanciones incorporadas a la ley 11.683, cuando existe una ley que se ocupa de regular alguno de los aspectos del sistema previsional, la N° 17.250. Específicamente en su artículo 15, se encuentran enumeradas las infracciones derivadas del incumplimiento a las obligaciones dispuestas por las leyes de previsión y las sanciones que les son aplicables.” 

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Términos mencionados en esta doctrina: sanciones, mediante, clausura.

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